viernes, 28 de septiembre de 2012

Sintesis: República y Constitución


Dado a que Arendt no pretende pensar la modernidad con las categorías del mundo antiguo, acude a dos momentos que rompen por completo con la Antigüedad y fundan nuevas categorías para pensar en el mundo político moderno: la revolución francesa y la revolución americana.
En la perspectiva de Arendt, la revolución francesa no cumplió el objetivo de la búsqueda de la libertad, a diferencia de la revolución americana, la cual resulto más fructífera.
Para Arendt la revolución no es un simple cambio como las mutatuio rerum romanas o la lucha de clases marxista. Ella propone comprender la revolución como la búsqueda de la liberación, siempre y cuando esta tenga como finalidad de la libertad como capacidad de actuar.
Una de las grandes confusiones por las cuales se le ha otorgado demasiada importancia a la revolución francesa, ha sido por la equiparación entre liberación y libertad.
Con la idea de la liberación, se refiere al rompimiento con las ataduras provenientes de la necesidad, de la obediencia por resguardo de la propia vida o la liberación de la opresión. Se trata, como más tarde dirá Isaiah Berlin, de una libertad de en oposición a la libertad para. En este sentido, cuando se habla de libertad, se trata de una libertad para actuar, para participar, para transformar el mundo; es decir, una libertad “para” que se expresa en su forma política más positiva. Ahora bien, la liberación es descrita como el ámbito de la labor. En la labor nos liberamos de la necesidad biológica y se saldan los requerimientos básicos para la vida. La libertad, en cambio, está dirigida a un mundo humano construido en común. Así, más que una condición, se trata de un resultado de la acción concertada: la acción se circunscribe al ámbito de la acción y de la vida política.
Como ya se menciono, se considera que la Revolución Francesa no cumplió su objetivo dado a que el papel liberador de la Revolución Francesa resulta insuficiente para la realización de los más altos fines políticos que pudiera perseguir cualquier revolucionario, resulta insuficiente para fundar la libertad.
Después de esto podemos decir que la libertad se entiende como ausencia de obstáculos; pero no basta tener el camino libre si aún no se sabe dónde se va. La liberación se entiende en oposición a la tiranía y la libertad se circunscribe en instituciones más allá de esta lucha. 
El fin de la revolución no es la libertad sino la liberación. La libertad sólo es posible bajo un orden institucional que le da forma y cause. En esto consiste la gran diferencia entre la revolución francesa y la revolución americana. La primera libera, la segunda funda la libertad. Resiste a reducir el constitucionalismo a gobierno limitado porque ello implicaría entender al poder y a la libertad únicamente como lo entiende el liberalismo y, por tanto, confinar la libertad únicamente a su ejercicio negativo.
Asimismo, en los federalistas es posible equiparar al concepto libertad con el de poder justamente por su carácter positivo y por su fuerte implicación con la pluralidad. Cuando la libertad es entendida como poder, se manifiesta en la capacidad que tienen los seres humanos de actuar concertadamente y se puede concretar institucionalmente en un gobierno republicano constitucional que posibilite y promueva la acción y que valore positivamente a la pluralidad. Se puede decir que los derechos civiles son conquistas políticas importantes. Es preciso que simultáneamente a estas conquistas se establezca un espacio institucional donde puedan seguir siendo conquistadas sin necesidad de hacer la revolución cada vez que haya nuevas exigencias por parte de la sociedad.
Ahora bien, la pregunta es ¿Quiénes tienen la posibilidad para iniciar una revolución? La respuesta más común seria que todos estamos posibilitados. Cabe resaltar que si los pobres y desprotegidos hacen la revolución, lo hacen mas por causas sociales que por causas políticas y esto llevara a luchar por la liberación pero no por la libertad.
Según Arendt, los fines de la revolución es la constitución de la libertad. Dicha empresa no es poca cosa, ello implica la construcción de un gobierno estable y, sobre todo, constitucional. El liberalismo ha entendido gobierno constitucional únicamente como gobierno limitado.
Afirmar que el gobierno constitucional nace de la necesidad de poner límites al poder del pueblo que ha sido incapaz de darse un gobierno y, por lo tanto, así entendida esta constitución es impuesta por un gobierno que no es constituido por el poder del pueblo. Esta reducción del constitucionalismo nace de la confusión entre “poder de acción” y” control” o “límite al gobierno”, confusión parecida a la de “liberación” y “libertad” respectivamente debido a que toma al efecto por la causa. La liberación es condición de la libertad, pero no puede ser reducida a la primera.
Del mismo modo, la limitación y el control del gobierno a partir de los Derechos es condición del poder y éste no puede reducirse ni al gobierno ni a los Derechos: el poder es la forma positiva de la libertad y por eso no puede ser simplemente limitación.
Los federalistas establecen que el poder procede de una unión concebida como unión en la construcción de las leyes que dan fundamento a la libertad. Arendt entiende el poder como para actuar concertadamente y que, al mismo tiempo, garantiza el espacio de acción a futuro y la estabilidad de las acciones políticas. En el planteamiento de Arendt, se habla de Unión y no de soberanía debido a que resulta incompatible con el establecimiento de una republica donde sea posible la pluralidad y no simplemente la individualidad o la libertad de movimiento. El poder no puede ser pensado como soberanía del pueblo porque lleva implícita la creencia rousseauniana de que el pueblo puede ser representado como una sola voluntad, como una voluntad general. Para Arendt no hay condición más peligrosa para los individuos que su pérdida de poder.
Montesquieu es uno de los primeros pensadores que establece una nueva forma de entender al poder ya no como dominación, sino como capacidad cuando señala que “el poder contrarresta al poder” y que, por ello, es necesaria la división de poderes característica del republicanismo moderno y de los gobiernos constitucionales que pretenden, como el americano, abrir paso a la pluralidad. Cuando se habla de división de poderes, no se refiere a disminuir el poder, sino a su correcta distribución mediante un sistema de pesos y contrapesos entre poderes que proceden del mismo origen.
La revolución Francesa mostró que su pretensión no era la de un gobierno limitado o con división de poderes, sino la ausencia de todo poder en forma y contenido. La revolución americana procedía de la lucha por la independencia respecto de una monarquía constitucional por lo cual los derechos no eran un problema, sino la división de poderes, de modo que su solución fue más moderada y circunscrita a un marco institucional de gran envergadura y de larga tradición constitucional. La división de poderes es uno de los rasgos característicos del constitucionalismo que más ha influido en el republicanismo moderno. La división de poderes como sistema de frenos y contrapesos aún reserva alguna visión del constitucionalismo como límite, como libertad negativa y como control del poder.
Arendt señala que a los agentes de la revolución americana “el problema principal que se les planteo, no consintió en limitar el poder sino en funda uno nuevo.
El poder es uno: el poder del pueblo como potestas in populum. El proyecto más importante en la revolución americana no es tanto la fundación del poder que, sino el de fundar y establecer la autoridad que está como telón de fondo de la legitimidad de dicho poder. Esta nueva autoridad que funda un nuevo poder está dirigida y pensada al modo republicano clásico, como auctoritas in senato, en el lugar de las leyes y en el discurso fundacional.

miércoles, 26 de septiembre de 2012

Modelo deliberativo democrático de Arendt



Para Arendt, la participación ciudadana es un factor muy importante en el Modelo deliberativo democrático, ya que en este modelo se supone una concepción participativa y dialógica de la política y los personajes principales en estas actividades son los ciudadanos. Arendt dice que la participación no solo consiste en ir y votar el día de las elecciones, si no también es importante la participación activa de los ciudadanos en espacios públicos, como movimientos sociales, y esto va a permitir renovar los procedimientos y marcos desde los cuales se enfocan cuestiones públicas. Ahora bien, las consecuencias que podrían surgir si no se promueve la participación entre ciudadanos, es que, se imponga una única perspectiva y como consecuencia de esto, el ciudadano no podrá ejercer su libertar política y sin poder alcanzar el acuerdo de individuos diversos.  Ante esta participación de los ciudadanos  el Estado tiene el deber de darle voz a esos espacios y estar abierto a las formas de participación deliberativa.
Arendt establece que el uso publico de la razón, es el modo de pensar específicamente político que puede sustentar la red intangible de las relaciones humanas pero la razón publica no supone un razonamiento establecido. También señala, que el uso de la razón no supone poner entre paréntesis las propias identidades, o justificar convicciones y creencias a través de argumentos no religiosos o no identitarios, que todos pudieran aceptar. Esto se trata de reconocer la potencial auto reflexividad del dialogo público, es decir, reconocer que la pluralidad de participantes que aparecen como diferentes los unos de los otros es fundamental para suscitar la reflexión sobre la identidad de cada uno y sobre sus interrelaciones.
Pensar es la posibilidad de conformar y confrontar el propio punto de vista a través de las perspectivas de los demás. Establece Arendt que para confrontar nuestro punto de vista con otras perspectivas, es importante la pluralidad en el pensar, esto es fundamental para suscitar la reflexión sobre la identidad de cada uno y sobre sus interrelaciones.
No debemos hacer juicios políticos desde la postura de la verdad, según Arendt, porque no hay criterios definitivos para zanjarlos, de modo que el desacuerdo permanece como una posibilidad siempre abierta y no eli-minable, aun cuando las posiciones enfrentadas enfoquen el asunto de manera imparcial. En esa medida, a su modo de ver, los juicios políticos no pueden exigir como lo harían los hechos demostrables o la verdad probada, sino que se caracterizan por solicitar el asentimiento del otro, con la esperanza de llegar a un acuerdo.

domingo, 23 de septiembre de 2012

Glosario




Heterodoxa: se entiende la doctrina u opinión que no está de acuerdo con la sustentada por la mayor parte de un grupo y, en especial, la que aparece ante la gran mayoría como disidente, herética, extraña o insólita, o incluso apartada de lo aceptable y reprobada.

Anacrónica: Que sitúa a una persona o cosa en un periodo de tiempo que no se corresponde con el que le es propito.

Idiosincrásicas: un conjunto de características hereditarias o adquiridas que definen el temperamento y carácter distintivos de una persona o un colectivo.

Noúmena: en la filosofía de Immanuel Kant, es un término problemático que se introduce para referir a un objeto no fenoménico, es decir, que no pertenece a una intuición sensible, sino a una intuición intelectual o suprasensible.

Constreñir: Disminuir o reducir a límites menores.

Antinomia: Contradicción entre dos preceptos legales.

Contractualismo: Corriente de la filosofía política y del derecho que se originó en el siglo V a. C.

Dicotomía: Método de clasificación en que las divisiones y subdivisiones solo tienen dos partes.

Consensual: Perteneciente o relativo al consenso.

 Hegeliana: Partidario de la doctrina filosófica de Hegel.

Behaviorismo: Designa la doctrina que restringe la Psicologia al estudio del comportamiento o de las reacciones.  

Inalienable: Que no se puede enajenar, es decir, ni transmitir, ni ceder ni vender legalmente.

Arredrar: Causar o tener miedo, amedrentar o atemorizar.

Preponderancia: Influjo, dominio o superioridad de una cosa sobre otra.

Radicalismo: Conjunto de ideas y doctrinas que pretenden una reforma total o muy profunda en el orden político,moral,religioso,científico,o en cualquier otro aspecto de la vida.

Transigencia: Cualidad de la persona que transige.

Anacronismo: Error que consiste en presentar algo como propio de una época a la que no corresponde.


PIB: Es una medida macroeconómica que expresa el valor monetario de la producción de bienes y servicios de un país durante un período determinado de tiempo (normalmente, un año).

Clientelismo: Clientelismo denota el intercambio de bienes y servicios por apoyo político y votos.

Fascismo: Fascismo es el calificativo que se da al sistema ideológico que se basa en el nacionalismo extremo (patrioterismo), el antisemitismo y anticomunismo, y tiene como bases el militarismo, el cristianismo y el tradicionalismo exacerbados.

Estalinismo: Conjunto de teorías y métodos de Stalin, también llamado estalinismo.
Corporativismo: Sistema económico formado por corporaciones que participan en la política del Estado.

Representación de intereses: El concepto de representación política describe cómo el poder político es alienado de un gran grupo y conferido a manos de un subconjunto más pequeño de tal grupo por cierto período.

Censo:  Estadística descriptiva, al recuento de individuos que conforman una población estadística, definida como un conjunto de elementos de referencia sobre el que se realizan las observaciones.

Anacrónico: Que está en desacuerdo con la época presente o que no corresponde a la época en que se sitúa.

Clamor: Griterío confuso de una multitud.

Interregno: Periodo durante el cual un Estado no tiene soberano.






jueves, 20 de septiembre de 2012

Democracia y Pluralidad


1.    ¿En qué consiste la visión liberal de la democracia?
Esta consiste en que el ciudadano tiene la capacidad de reclamar derechos individuales y un tratamiento igualitario, así como en influir a los que, efectivamente, toman las decisiones.
2.    ¿Qué papel juega el gobierno en esta visión y a que clásico de la política se refiere de los vistos en clase?
Consiste en que el gobierno es un aparato de administración que regula los intereses privados teniendo a la vista ciertos bienes públicos y en particular, pone en tela de juicio la concepción de ciudadanía que se desprende de tal visión.
3.    ¿Que significa según la autora el que “el poder resida en el pueblo”?
Este se refiere a la capacidad ciudadana de participas en el propio gobierno, el cual parte de la esencia de la libertad. Este principio no solo significa que el pueblo ejerza su poder el día de las elecciones, funcionan ms como mecanismos de control del poder y no como mecanismos de participación en el poder.
4.    ¿Cuál es su crítica a este modelo liberal clásico?
La autora establece que si el gobierno se transformara en una simple administración los asuntos públicos se convierten en materia que solo les compete decidir a expertos, sin que estén abiertos a las opiniones de los ciudadanos. Por eso, resulta fundamental distinguir los asuntos administrativos que aquellos estrictamente políticos e insistir en la creación de foros para los ciudadanos.
5.    ¿Qué significa libertad política desde su visión?
Significa la libertad a participar en el gobierno, o no significa nada.
6.    Explica la definición de Habermas de republicanismo comunitarista.
El modelo republicano comunitarista se caracteriza por concebir la política desde el trasfondo de una identidad colectiva, y por suponer que la interacción publica de los ciudadanos, y su mutuo entendimiento, dependen de un previo consenso ético substantivo.
7.    ¿Qué es lo público desde la visión agonística de Arendt?
Propone que es un dominio del discurso abierto en el que confluyen diversas visiones, identidades e intereses. Un espacio de aparición en las que las personas, al exponer sus identidades, pueden relacionarse entre si. No sugiere una confrontación de identidades fijas.
8.    ¿Por qué la autora rechaza los términos de voluntad general y opinión pública?
Porque su concepción participativa de la misma se relaciona con el reconocimiento de que la deliberación solo puede darse entre una pluralidad de puntos de vista, con la insistencia en que nadie puede formar su propia opinión sin contrastarla con la de los demás, y con su idea de que el mundo en común aparece en múltiples perspectivas, y desaparece cuando empieza a ser considerado desde un único punto de vista.
9.    ¿Por qué su visión republicana no afirma la idea de una identidad nacional?


10. ¿Cuáles su crítica al sistema de partidos y a la representación?


11. ¿Como funcionarían los consejos revolucionarios desde su visión?
Su finalidad es que la sociedad se convierta finalmente en una totalidad publica. Se refiere a ellas como formas de autogobierno independientes del poder estatal, en las que podría darse una regeneración de la democracia.
12. ¿Que pasa cuando no se promueven mecanismos de participación entre los ciudadanos?
Se da el peligro de que se imponga una única perspectiva, o como en las sociedades de masas, que se agoten las expresiones de la pluralidad, y que los individuos se retiren a los espacios íntimos donde prevalecen sus intereses y necesidades privadas.
13. Investiga que significa libertad negativa (puedes checarlo en I. Berlin)
La libertad negativa se refiere al campo dentro del cual el hombre puede actuar sin obstrucciones de otros; a partir de esta concepción se deja de ser libre cuando un tercero nos impide realizar cualquier actividad en aras de alcanzar una meta. 
14. ¿Cuál es la ventaja de la participación ciudadana en los asuntos públicos?
Que pueden permitir renovar los procedimientos y marcos desde los cuales se enfocan las cuestiones publicas mimas.
15. ¿Cómo se descentralizaría el poder estatal según la autora?
A través de asambleas regionales pequeñas que converjan otras mayores. De suerte que los debates locales puedan alimentar a los debates nacionales, y de modo que puedan ser escuchadas voces y perspectivas que podrían ser excluidas u omitidas por los intereses de partido o económicos que suelen imponerse en los medios masivos de comunicación.
16. ¿Cómo influyen los espacio de deliberación pública en la lucha contra la cultura de masas y la tiranía de los medios de comunicación?

1. ¿Porqué es importante la participación de los ciudadanos en política y cuál es la consecuencia de su ausencia?
Es importante la participación activa de los ciudadanos en espacios públicos diversos, como los movimientos
sociales, puede tener, a su modo de ver, un rol transformativo, pues puede llevar a cuestionar los valores, las formas
de preguntar e interpretar los asuntos públicos, que se han establecido como más razonables o aceptables, al
mostrar nuevos aspectos u otras experiencias que pueden resultar relevantes para discutir sobre tales asuntos. Esto
significa que la participación pública no sólo puede posibilitar que voces minoritarias logren influir sobre las
mayoritarias, sino que puede permitir renovar los procedimientos y marcos desde los cuales se enfocan las
cuestiones públicas mismas.
Las consecuencias podrían ser que cuando no se promueven mecanismos de participación entre los ciudadanos se
da el peligro de que se imponga una única perspectiva, o como en las sociedades de masas, que se agoten las
expresiones de la pluralidad, y que los individuos se retiren a los espacios íntimos, donde prevalecen sus intereses y
necesidades privadas. Pero además, sin el ámbito público y la diversidad de puntos de vista que lo habitan, el
ciudadano no podría ejercer su libertad política, sino que permanecería atado a los propios prejuicios y asunciones
idiosincrásicas, sin poder emprender ni comprender nada nuevo, y sin poder pretender alcanzar el acuerdo de
individuos diversos.
2. ¿Cuál es el deber del Estado en torno a la “participación” de los ciudadanos?
Tiene el deber de darles voz a esos espacios y estar abierto a las formas de participación deliberativa.
3. ¿Cómo entiende Arendt el “uso público de la razón” kantiano?
Arendt considera que el uso público de la razón es el modo áe pensar específicamente político, que puede
sustentarla "red intangible" de las relaciones humanas.
4. ¿Qué entiende la autora por “pensar”?
Es la posibilidad de conformar y confrontar el propio punto de vista a través de las
perspectivas de los demás.
5. ¿Qué es la “razón pública” desde la perspectiva de la autora?
Consiste en las formas de razonar que se encuentran en el sentido común, y en los métodos y conclusiones de la
ciencia cuando éstos no son controvertidos.
6. ¿Qué entiende Arendt por “sentido común”?
Sentido común no es un conjunto de creencias fijas y de formas de razonamiento "generalmente aceptadas", más
bien se trata del mundo en común que se conforma y se transforma a través del encuentro de diversas perspectivas
sobre los asuntos que a los actores les conciernen mutuamente, a través del tiempo, los contextos y sus
instituciones.
7. ¿Cuál es la importancia de la “pluralidad” en el pensar?
Porque es fundamental para suscitar la reflexión sobre la identidad de cada uno y sobre sus interrelaciones.
8. ¿Cuáles son las condiciones para que se pueda dar el “diálogo” entre los hombres?
Reconocer que la pluralidad de participantes que aparecen como diferentes los unos de los otros es fundamental
para suscitar la reflexión sobre la identidad de cada uno y sobre sus interrelaciones.
9. ¿Por qué no debemos hacer “juicios políticos” desde la postura de la verdad?
Porque no hay criterios definitivos para zanjarlos, de modo que el desacuerdo permanece como una posibilidad
siempre abierta y no eli-minable, aun cuando las posiciones enfrentadas enfoquen el asunto de manera imparcial. En
esa medida, a su modo de ver, los juicios políticos no pueden exigir, obligar el acuerdo, como lo harían los hechos
demostrables o la verdad probada, sino que se caracterizan por solicitar el asentimiento del otro, con la esperanza
de llegar a un acuerdo con él.


Estados de Derecho


La diferencia entre el estado de derecho liberal y el estado de derecho constitucional es que el primero estaba constituido por solo una Constitución, es decir, por un conjunto de normas jurídicas pero las cuales su validez o su perspectiva de justicia era subjetivo. El segundo, el estado de derecho constitucional, también esta constituido por una Constitución pero a diferencia de el primero, esta contiene derechos humanos. Las normas en esta segundo estado, ahora tenían que tener una validez y coherencia.