Cuando se habla de Iusnaturalismo
se hace referencia al renacimiento, la difusión que tuvo el derecho natural
durante la Edad Moderna. La escuela del derecho natural tuvo una fecha exacta
de inicio, 1625, con la obra de Hugo Grocio y su fecha final se le desconoce
pero bien se sabe que la corriente que finalizo esta escuela fue el
historicismo, especialmente el historicismo jurídico. Hegel es de gran contribución
a esto, ya que después de la publicación de su ensayo se representa la disolución
definitiva del iusnaturalismo y no solo del moderno.
Para los juristas-filosóficos la
materia del derecho natural se comprende del derecho público y privado, pero
para otros como Rosseau, el argumento de sus obras es casi exclusivamente del
derecho público, el problema del fundamento y de la naturaleza del Estado.
Varios autores con diferentes
enfoques han coincidido en unificar un principio de aquello que hacen llamar
escuela. Este principio se trata de la cierta manera en que se aborda el
derecho y en general de la ética y de la filosofía practica, en una palabra, el
método. La diferencia entre uno y otro es el juicio de cómo lo toman, para los partidarios
es un signo de merito, mientras que para los detractores representa un motivo
de acusación, pero el método que une a los autores con diferentes puntos de
vista, es el método racional: el hablar sobre la conducta humana a ciencia
demostrativa. Llamar derecho racional al derecho moderno natural se refiere a que
se está usando un principio metodológico (por la razón). Históricamente el
derecho natural es una manera de dar respuesta a aquellas consecuencias que los
libertinos habían causado durante el universalismo.
El lazo que mantiene unido a los
iusnaturalistas a pesar de sus aspectos diferentes es la confianza que les
brinda la idea de que sea posible una verdadera ciencia de la moral, considerándose
ciencia aquellas que han aplicado el método matemático con éxito. Existe el
conflicto en que al filoso moral le corresponde hacer de una ciencia exacta
pero por la falta de un método riguroso, la ciencia moral no ha sido más que
maltratada, explican que para poder tener una renovación sobre los estudios de
la conducta humana se necesita la renovación del método.
En aspecto de tarea jurista el método
tradicional siempre ha sido interpretativo, pero el nuevo método de la nueva
ciencia se trata en que la tarea del jurista sea demostrativa, al igual que las
ciencias más avanzadas, con el método de demostración. Este siempre ha sido un
conflicto entre los tradicionales y los innovares en como comprender el objeto
sobre el que se ejercitaba el jurista. A esto los iusnaturalistas agregan que
la tarea del jurista ya no es la de interpretar las reglas dadas, si no el de
descubrir las reglas universales de la conducta por medio del estudio de la
naturaleza del hombre. Para ellos, la fuente del derecho es la naturaleza de
las cosas. Ellos no quieren seguir interpretando si no descubrir. Así podemos
decir que el iusnaturalismo fue la primera y la última tentativa de romper el
nexo entre el estudio del derecho y la retorica como teoría de la argumentación,
y de abrirlo a las reglas de la demostración.
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