martes, 14 de agosto de 2012

El carácter del iusnaturalismo


Cuando se habla de Iusnaturalismo se hace referencia al renacimiento, la difusión que tuvo el derecho natural durante la Edad Moderna. La escuela del derecho natural tuvo una fecha exacta de inicio, 1625, con la obra de Hugo Grocio y su fecha final se le desconoce pero bien se sabe que la corriente que finalizo esta escuela fue el historicismo, especialmente el historicismo jurídico. Hegel es de gran contribución a esto, ya que después de la publicación de su ensayo se representa la disolución definitiva del iusnaturalismo y no solo del moderno.
Para los juristas-filosóficos la materia del derecho natural se comprende del derecho público y privado, pero para otros como Rosseau, el argumento de sus obras es casi exclusivamente del derecho público, el problema del fundamento y de la naturaleza del Estado.
Varios autores con diferentes enfoques han coincidido en unificar un principio de aquello que hacen llamar escuela. Este principio se trata de la cierta manera en que se aborda el derecho y en general de la ética y de la filosofía practica, en una palabra, el método. La diferencia entre uno y otro es el juicio de cómo lo toman, para los partidarios es un signo de merito, mientras que para los detractores representa un motivo de acusación, pero el método que une a los autores con diferentes puntos de vista, es el método racional: el hablar sobre la conducta humana a ciencia demostrativa. Llamar derecho racional al derecho moderno natural se refiere a que se está usando un principio metodológico (por la razón). Históricamente el derecho natural es una manera de dar respuesta a aquellas consecuencias que los libertinos habían causado durante el universalismo.  
El lazo que mantiene unido a los iusnaturalistas a pesar de sus aspectos diferentes es la confianza que les brinda la idea de que sea posible una verdadera ciencia de la moral, considerándose ciencia aquellas que han aplicado el método matemático con éxito. Existe el conflicto en que al filoso moral le corresponde hacer de una ciencia exacta pero por la falta de un método riguroso, la ciencia moral no ha sido más que maltratada, explican que para poder tener una renovación sobre los estudios de la conducta humana se necesita la renovación del método.
En aspecto de tarea jurista el método tradicional siempre ha sido interpretativo, pero el nuevo método de la nueva ciencia se trata en que la tarea del jurista sea demostrativa, al igual que las ciencias más avanzadas, con el método de demostración. Este siempre ha sido un conflicto entre los tradicionales y los innovares en como comprender el objeto sobre el que se ejercitaba el jurista. A esto los iusnaturalistas agregan que la tarea del jurista ya no es la de interpretar las reglas dadas, si no el de descubrir las reglas universales de la conducta por medio del estudio de la naturaleza del hombre. Para ellos, la fuente del derecho es la naturaleza de las cosas. Ellos no quieren seguir interpretando si no descubrir. Así podemos decir que el iusnaturalismo fue la primera y la última tentativa de romper el nexo entre el estudio del derecho y la retorica como teoría de la argumentación, y de abrirlo a las reglas de la demostración.

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